¿Qué obligaciones incluye el calendario?
El cronograma mensual SUNAT agrupa tres obligaciones que comparten la misma fecha de vencimiento:
- Declaración Jurada Mensual IGV-Renta (PDT 621 / Formulario Virtual 621) — impuesto general a las ventas y pagos a cuenta del impuesto a la renta de tercera categoría.
- PLAME (Planilla Electrónica) — declaración mensual de contribuciones sociales, retenciones de quinta categoría y trabajadores bajo el T-Registro.
- ITF — Impuesto a las Transacciones Financieras — cuando corresponda pago según la normativa vigente.
De forma anual se suma la Declaración Jurada del Impuesto a la Renta del ejercicio 2025, cuya fecha depende del régimen.
Régimen General vs MYPE Tributario
La SUNAT define dos cronogramas distintos para la Declaración Jurada Anual 2025:
- Régimen General (empresas con ingresos netos superiores a 1700 UIT en 2024): vence entre el 26 de marzo y el 13 de abril de 2026 según el último dígito del RUC.
- MYPE Tributario / Renta de Persona Natural (ingresos ≤ 1700 UIT): vence entre el 27 de mayo y el 10 de junio de 2026.
Si tu empresa está en el Régimen MYPE pero supera el umbral de 1700 UIT, deberá cambiar al Régimen General y aplicar el cronograma anterior. La UIT vigente para el ejercicio 2025 es de S/ 5,350.
Buenos Contribuyentes y UESP
Los contribuyentes designados por SUNAT como “Buenos Contribuyentes” y los sujetos de la Unidad Ejecutora del Sector Público (UESP) cuentan con fechas especiales de vencimiento posteriores al resto, como reconocimiento a su cumplimiento permanente. Estas fechas aparecen en la última columna de la tabla mensual.